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Normativa Institucional

Presentación

 

Academia Santa Mercedes SRL, en adelante Academia Santa Mercedes, se dirige a la población estudiantil, docentes, administrativos (as), funcionarios (as) y a toda persona que forme parte directa o en cooperación conjunta con esta institución, a través la presente normativa para definir y regir las normas básicas requeridas para la interacción de sus partes en sus diversos ámbitos de acción.

 

 

Capítulo I.

Disposiciones Generales

 

Artículo 1. General.

El presente reglamento establece las disposiciones que deben ser acatadas por todas las personas que participan o influyen en los procesos y servicios de Academia Santa Mercedes.

Artículo 2. Definiciones.

Para todos los efectos del presente reglamento se entiende por

  • Lección:  Período de 55 minutos de capacitación o práctica y 5 minutos de receso.

  • Sesión: Conjunto de lecciones impartidas consecutivamente.

  • Persona docente: Persona con las competencias técnicas cargo de planear, desarrollar entregar y supervisar los procesos y servicios de capacitación.

  • Persona particpante: Persona que cumple los requisitos mínimos de ingreso establecidos por cada programa y/o módulo, incorporada a través del proceso de matrícula determinado.

  • Personal administrativo:  Personas responsables a cargo de los procesos y servicios de mercadeo, promoción, diseño, coordinación administración y seguimiento de los servicios y procesos de capacitación de Academia Santa Mercedes.

  • Personas funcionarias: Personas que tiene relación laboral contractual con Academia Santa Mercedes.

  • Modalidad: conjunto metodológico de acciones de capacitación a través de sistemas establecidos como presenciales, virtuales, mixtos o duales.

  • Modalidad presencial: Metodología que comprende los procesos de capacitación y formación en un entorno que une a la persona docente y las personas participantes en tiempo y espacio.

  • Modalidad en línea: Metodología que comprende los procesos de capacitación y formación en un entorno digital que une a la persona docente y las personas participantes en tiempo sincrónico, pero no necesariamente en espacio.

  • Modalidad virtual: Metodología asincrónica que permite el avance de los procesos de capacitación y formación a través de herramientas tecnológicas sin requerir interacción o mediación en tiempo real.

​

Capítulo II

Obligaciones de Academia Santa Mercedes y Proceso de Matrícula

 

Artículo 3. Obligaciones de Academia Santa Mercedes.

Para la atención de las personas participantes, Academia Santa Mercedes debe cumplir con:

  • Facilitar y entregar los recursos mínimos establecidos para el desarrollo de los servicios y procesos de capacitación según su modalidad.

  • Facilitar a las personas participantes información precisa sobre la oferta en curso.

  • Facilitar a las personas participantes información disponible sobre su proceso de capacitación.

  • Confeccionar y entregar a las personas participantes y/o funcionarias el carné de identificación siempre y cuando este sea requerido por políticas del centro o la naturaleza de los servicios y procesos de capacitación.

  • Velar por que se cumplan los principios de igualdad y oportunidades para las personas participantes.

  • Propiciar un ambiente de respeto igualitario para las personas participantes.

  • Velar por que se cumplan las reglas y/o lineamientos de salud ocupacional, higiene, seguridad o cualquiera similar por parte de las personas participantes.

  • Velar por la aplicación del presente reglamento.

Artículo 4. Requisitos de Matrícula.

  • La persona a matricular debe ser mayor de edad, comprobando su calidad a través de un documento de identidad válido y vigente. Dicho documento puede ser presentado de manera física o a través de herramientas digitales. En caso de ser persona extranjera, deberá presentar su documento de residencia costarricense u homólogo.

  • La persona a matricular debe proveer todos los documentos pertinentes solicitados por las personas funcionarias de Academia Santa Mercedes.

  • Las personas menores de edad, deben ser matriculadas por su padre, madre, o encargado legal mayor de edad, quien aportará sus datos y su debida identificación válida y vigente. En caso de ser persona extranjera, deberá presentar su documento de residencia costarricense u homólogo.

  • Las personas mayores de edad en proceso de matrícula o padres, madres y/o encargados legales, deben proporcionar los datos de contacto correspondientes y personales solicitados, accediendo así ser contactadas por cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes para efectos de matrícula y logística.

  • La persona a matricular debe cumplir con cualquier requisito o correquisito expreso en el programa, curso o sistema de capacitación que pretenda cursar.

Capítulo III

Derechos, Obligaciones y Prohibiciones de la Persona Participante

 

Artículo 5. Derechos de la Persona Participante.

  • Ser evaluada según las disposiciones del programa o curso matriculado.

  • Conocer las normas y reglamentos que competen y solicitar su aplicación cuando lo considere necesario.

  • Conocer los programas, calendarios y planes de estudio del programa, curso o servicio de capacitación matriculado.

  • Recibir un trato respetuoso de cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes.

Artículo 6. Obligaciones de la Persona Participante.

  • Cumplir estrictamente con las disposiciones de vestimenta y conducta establecidas por Academia Santa Mercedes y/o el recinto en el cual se recibe los programas, cursos o servicios de capacitación.

  • Participar personal y activamente en las actividades de clase o servicio de capacitación.

  • Cuidar y conservar las instalaciones físicas, equipo, materiales, herramientas, y mobiliario general de la institución o recinto.

  • Cumplir con las normas de aseo de los espacios de capacitación haciendo uso de las disposiciones institucionales o de recinto para el manejo de los desechos.

  • Respetar la integridad física. emocional y moral propia y de segundas personas.

  • Presentarse de manera personal y debidamente identificada a los servicios de capacitación.

  • Ejecutar de manera personal y debidamente identificada las pasantías, prácticas supervisadas y pruebas de evaluación.

  • Pagar los montos correspondientes de las mensualidades en las fechas establecidas. En caso de morosidad, Academia Santa Mercedes tiene el derecho de excluir o separar a cualquier persona matriculada del proceso de capacitación, impidiéndole inclusive el acceso a las instalaciones o recinto, así como excluyéndola de las plataformas digitales. De la misma manera, ante la condición de morosidad en los pagos, Academia Santa Mercedes no se hará responsable de tramitar el o los certificados de los cursos, programas o servicios de capacitación matriculados, incluso cuando estos hayan sido aprobados.

  • Cumplir con cualquier directriz, normativa u obligación que le imponga su condición de participante.

​Artículo 7. Prohibiciones de la Persona Participante.

  • Presentarse a lecciones bajo los efectos de embriaguez o cualquier otra condición análoga de demuestre o sugiera que ha consumido, ingerido o utilizado alcohol o drogas.

  • Portar, comerciar, regalar, intercambiar o utilizar cualquier tipo de drogas dentro de la institución o recinto. La única excepción contemplada, es el uso de las drogas medicadas bajo prescripción médica válida y vigente; en cuyo caso deberá ser indicado al personal administrativo para lo cual la persona participante debe proveer los documentos que la respalden.

  • Portar, exhibir o ingresar cualquier tipo de arma de fuego, punzante, cortante o punzocortante a la institución o recinto donde se recibe los servicios de capacitación.

  • Participar, incitar, o cometer actos que atenten contra la moral o contra el buen nombre de Academia Santa Mercedes.

  • Presentar, confeccionar o utilizar documentos falsos.

  • Fumar cigarros, puros, vaporizadores o cualquiera homólogo dentro de las instalaciones de la institución o cualquier recinto.

  • Realizar rifas, ventas o cualquier tipo de actividad a nombre de Academia Santa Mercedes sin la debida autorización.

  • Realizar cualquier tipo de fraude en las pruebas de evaluación, prácticas supervisadas o pasantías.

  • Amenazar o agredir a cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes.

  • Atentar contra la integridad de cualquier persona.

  • Utilizar vocabulario soez, discriminatorio, ofensivo, vulgar u obsceno dentro de las instalaciones de la institución o recinto.

  • Discriminar a cualquier persona por su orientación sexual, apariencia, discapacidad, religión, nacionalidad, raza, costumbres o cualquier motivo.

  • Portar, acceder, compartir, distribuir o publicar contenido pornográfico o violento dentro de las instalaciones de la institución o recinto o durante los períodos de lecciones en línea.

  • Solicitar información personal o de contacto personal a cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes.

  • Extraer equipo, mobiliario, herramientas o cualquier artículo propiedad de Academia Santa Mercedes o el recinto donde se recibe la capacitación sin la debida autorización.

  • Incurrir en actos sexuales dentro de la institución, recinto o durante las sesiones en línea.

  • Dedicarse a otras actividades laborales o personales durante las sesiones de capacitación y formación.

 

Capítulo IV

Asistencia

Artículo 8. Asistencia.

Entiéndase por asistencia:

  • La presencia física de la persona participante para las sesiones presenciales en el período correspondiente a una lección.

  • La conexión estable, evidente y comprobable en las sesiones en línea en el período correspondiente a una lección.

  • La completitud de los ejercicios, asignaciones y actividades en los períodos establecidos en los sistemas virtuales.

Artículo 9. Ausencia.

Entiéndase por ausencia:

  • La no presencia física de la persona participante para las sesiones presenciales en el período correspondiente a una lección.

  • La inclusión física de la persona participante a la lección presencial quince minutos después de esta haber iniciado según el horario definido.

  • El retiro físico de la persona participante por un período de quince minutos o más durante la lección presencial.

  • La no conexión estable, evidente y comprobable en las sesiones en línea en el período correspondiente a una lección.

  • La desconexión prematura o la conexión intermitente e/o inestable durante la lección en línea.

  • La conexión registrada que carece de participación o interacción de la persona participante durante las lecciones en línea cuando se le solicita.

  • La no completitud de los ejercicios, asignaciones y actividades en los períodos establecidos en los sistemas virtuales.

  • La participación parcial, inferior al setenta por ciento de las asignaciones, trabajos, tareas o actividades en las sesiones virtuales.

Artículo 10. Tardías.

Se considera llegada tardía:

  • La llegada de la persona participante a la lección presencial hasta quince minutos después de haber iniciado esta.

  • La conexión de la persona participante a la lección en línea hasta quince minutos después de haber iniciado esta.

Artículo 11. Deserción.

  • Entiéndase por deserción a la renuncia voluntaria de la persona participante a los servicios de capacitación y formación. Dicha renuncia debe ser comunicada de manera escrita u oral a la persona docente, representante de gerencia o dirección. De la misma manera, se considerará como deserción el caso en que la persona participante no cumpla con sus responsabilidades financieras con la institución.

  • Academia Santa Mercedes procederá a excluir a la persona participante, después de corroborada su deserción, de las listas del programa, curso o módulo, plataformas, grupos de mensajería y cualquier otra herramienta de uso institucional.

  • Después de anunciar su deserción, la persona participante pierde el derecho de conectarse a las sesiones en línea, asistir a las sesiones presenciales y/o hacer uso de las plataformas virtuales.

  • El anunciar su deserción, no exime a la persona participante de cumplir con sus responsabilidades financieras con la institución.

  • En caso de las personas menores de edad, o que requieran la autorización de un representante legal, sólo esta persona en calidad de representante podrá anunciar la deserción de la persona participante.

Artículo 12. Registro de Asistencia.

  • Es deber de la persona docente el mantener un registro actualizado de la asistencia de cada persona participante.

  • Sólo la persona docente o persona funcionaria de Academia Santa Mercedes perteneciente al departamento de dirección, gerencia o coordinación, podrán solicitar o tener acceso al registro docente de asistencia. Si la persona participante desea tener un estado actualizado de su récord de asistencia, deberá solicitarlo por escrito a la persona docente, representante de dirección, gerencia o coordinación con al menos tres días hábiles de antelación.

Artículo 13. Reprobación del Servicio por Ausencias.

  • La acumulación de tres ausencias injustificadas a tres sesiones de capacitación y formación por parte de la persona participante, implicará su exclusión de dicho curso, módulo o programa.

  • La acumulación de cinco ausencias justificadas a cinco sesiones de capacitación y formación por parte de la persona participante, implicará su exclusión de dicho curso, módulo o programa.

  • En caso de situaciones particulares avaladas por la gerencia en las que la persona participante acumule ausencias justificadas que superen el cuarenta por ciento del total de horas de capacitación y formación, la persona docente deberá emitir criterio técnico y un plan remedial que permita a dicha persona mantenerse en el programa, curso o módulo. Dichos casos deben comunicarse con tiempo prudente; y es responsabilidad de la persona participante informar a la persona docente, gerencia y dirección de su caso.

  • Se comunicará por escrito a la persona participante cuando esta sea excluida de cualquier curso, programa o módulo por acumulación de ausencias.

  • La exclusión de la persona participante por ausencias exime de responsabilidad a Academia Santa Mercedes de emitir certificaciones o títulos, aunque los requerimientos evaluativos técnicos hayan sido completados y/o la persona participante haya aprobado el módulo, curso o programa.

  • En caso de ser excluida por acumulación de ausencias, la persona participante no queda eximida de cumplir sus responsabilidades financieras con la institución.

Artículo 14. Retiro de Lecciones.

  • La persona participante podrá solicitar permiso para el retiro parcial o total de la lección o sesión de capacitación y formación ante la persona docente, representante de dirección, gerencia o coordinación. Dicha solicitud puede ser de manera oral o escrita.

  • Academia Santa Mercedes no se hace responsable por la conducta de la persona participante una vez esta haya abandonado el recinto o institución, aunque medie un permiso de retiro. De la misma manera, se exime de responsabilidad ante cualquier daño físico o material que dicha persona pudiera sufrir una vez el permiso de retiro es otorgado. La autorización de retiro solamente faculta a la persona a alejarse de la lección de capacitación y formación.

  • En caso de ser requerido por el programa, sede o recinto, el permiso de retiro de lecciones se podrá tramitar solamente de manera escrita.

  • El período de lecciones que la persona participante haya solicitado permiso para retirarse, debe ser justificado según el Artículo 15 del presente reglamento, de lo contrario, será contabilizado como ausencia injustificada.

  • Las personas menores de edad, o que requieran la autorización de un representante legal, no pueden solicitar permiso de retiro de lecciones.

  • Ante un retiro de lecciones no anunciado o no autorizado, Academia Santa Mercedes no se hará responsable por ninguna conducta en la que la persona participante incurriera, o cualquier eventualidad que llegase a experimentar.

​

Capítulo V

Sesiones en Línea

Artículo 15. Sesiones en Línea.

  • Entiéndase por sesión en línea aquel período de capacitación y/o formación, tutoría, atención estudiantil, nivelación, reposición o cualquiera similar que suceda de manera presencial y sincrónica a través de canales tecnológicos y/o comunicativos que transmitan la voz, audio y/o video.

  • Los canales o plataformas utilizadas para permitir la interacción o transmisión de información serán definidos para cada programa, curso o módulo.

  • La conexión a las sesiones en línea se dará por parte de cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes y la persona participante debidamente matriculada e identificada únicamente. En caso de contar con personas invitadas, su conexión se dará solamente bajo la debida autorización de la gerencia, dirección o coordinación del programa, curso o módulo.

  • Academia Santa Mercedes no se hace responsable por el uso que les den las personas participantes a los servicios de mensajería, chat, correo electrónico ni ningunos similares contenidos dentro de los canales y/o plataformas utilizadas para las sesiones en línea.

  • Academia Santa Mercedes se reserva el derecho de excluir y/o, restringir o negar el acceso o reingreso a cualquier persona a las plataformas utilizadas para las sesiones en línea en caso de que se esté utilizando lenguaje o acciones de carácter agresivo, violento, discriminatorio, soez, obsceno o se esté mostrando imágenes, videos o cualquier tipo de material de la misma índole.

  • El nombre de usuario mostrado en las plataformas o canales digitales para las sesiones en línea debe coincidir con el de la persona matriculada en el programa, curso o módulo.

  • La persona conectada a las sesiones en línea debe comprobar su identidad en caso de que se le solicite.

  • En caso de que no exista conexión por parte de las personas participantes durante los primeros 30 minutos de la sesión en línea, esta se dará por concluida y cubierta sin requerir una grabación de los contenidos a ser tratados.

  • En caso de que la persona o las personas docentes no se conecten a las sesiones en línea durante los primeros 30 minutos de estas haber iniciado por horario, la clase deberá ser reprogramada.

Artículo 16. Grabación de las Sesiones en Línea.

  • Academia Santa Mercedes se reserva el derecho de grabar cualquier sesión en línea sin previo aviso para uso académico o administrativo.

  • Al completar el formulario oficial de matrícula, la persona participante, padre, madre o representante legal de la persona participante acepta que esta sea grabada con los fines anteriormente descritos.

  • La grabación de las sesiones en línea puede ser compartida mediante las plataformas o canales acordados con fines didácticos.

  • Queda terminantemente prohibido publicar, compartir, reproducir, editar, vender o trocar las grabaciones de las sesiones en línea.

  • Academia Santa Mercedes no se hace responsable por el uso que se dé a las grabaciones de las sesiones en línea.

  • El servicio de sesiones en línea es de carácter presencial sincrónico, por lo tanto, no es obligación de Academia Santa Mercedes grabar o facilitar las grabaciones de las sesiones en línea a las personas participantes o sus representantes legales.

  • Las grabaciones de las sesiones en línea son propiedad de Academia Santa Mercedes.

  • Las grabaciones de las sesiones en línea pueden ser borradas o eliminadas sin previo aviso.

  • El consultar las grabaciones posterior a las sesiones en línea no cuenta como una asistencia a las lecciones.

  • Solamente las personas funcionarias de Academia Santa Mercedes podrán grabar total o parcialmente las sesiones en línea.

Artículo 17. Comportamiento y Conducta Durante las Sesiones en Línea.

  • El uso del micrófono por parte de la persona participante se dará solamente cuando se esté autorizado por cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes.

  • El uso de la cámara no es de carácter obligatorio, salvo cuando se requiere la debida identificación de la persona participante.

  • Si el programa lo exige, el uso de la cámara puede tomarse como obligatorio. Dicha exigencia estará expresa en el proceso de matrícula.

  • Es deber de la persona participante contar con un dispositivo que le permita hacer uso eficiente del micrófono y la cámara. Academia Santa mercedes no se hace responsable por cualquier desconexión o inasistencia por problemas con el dispositivo.

  • Es deber de la persona participante contar con una conexión a internet lo suficientemente estable para hacer uso de los servicios de las sesiones en línea. Academia Santa mercedes no se hace responsable por cualquier desconexión o inasistencia por problemas con el internet.

  • La persona participante debe participar de manera oral, escrita o práctica en los trabajos, asignaciones, prácticas o cualquier tipo de actividad didáctica en las sesiones en línea cuando se le solicite.

  • La persona participante deberá hacer uso discreto de los servicios de chat, mensajería, correo electrónico o cualquier otro servicio contenido dentro de las plataformas o canales asignados a las sesiones en línea.

  • La asistencia de la persona participante a las sesiones en línea es de carácter obligatorio y se medirá por su participación en las actividades de clase o a través de cualquier solicitud probatoria de su presencia activa en la sesión.

  • Si se comprueba que la persona participante se encuentra lejos del dispositivo, se tomará como una ausencia.

  • En caso de sospechar que una persona participante se encuentra ausente, cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes puede solicitarle, primeramente, que participe de manera verbal, si no hay respuesta, se repetirá la instrucción en los siguientes cinco minutos, si aún no hay respuesta, se le enviará una solicitud escrita de participación verbal por medio del chat o medio de mensajería integrado a la plataforma utilizada para las sesiones en línea, en caso de no haber una respuesta 5 minutos después de haber enviado la solicitud escrita, la persona participante se reportará como ausente.

  • Queda terminantemente prohibido el uso de cámaras virtuales o cualquier herramienta que engañe, disfrace, o falsifique la asistencia de la persona participante a las sesiones en línea.

  • Queda terminantemente prohibido la exhibición o uso de armas de fuego, cortantes, punzantes, punzocortantes; ingerir, mostrar o usar cualquier tipo drogas (salvo las expuestas en el Artículo 7 inciso b) así como fumar cigarro, puro, vaporizador o cualquiera similar durante las sesiones en línea.

  • La persona participante deberá conectarse a las sesiones en línea debidamente vestida. No se permitirá la conexión a las sesiones en línea sin camisa o en ropa interior.

  • La participación en las sesiones en línea por parte de cualquier persona que no esté debidamente matriculada, está prohibida.

  • Queda terminantemente prohibido para las personas participantes o invitadas compartir, publicar, enviar, o copiar los enlaces de acceso a las sesiones en línea.

  • Queda terminantemente prohibido para las personas participantes o invitadas, grabar total o parcialmente las sesiones en línea, así como tomar capturas de pantalla de estas.

  • La persona participante debe acatar la instrucción de compartir (presentar) su pantalla con fines didácticos cuando la persona docente se lo solicite.

  • Durante las sesiones en línea, las personas participantes deben acatar todo lo dispuesto en los Artículos 6 y 7.

 

​

Capítulo VI

Acciones Disciplinarias

Artículo 18. Normas de Conducta.

  • Entiéndase por normas de conducta, los límites que regulan las relaciones interpersonales y el ejercicio responsable de los derechos y responsabilidades de la persona participante, así como el cumplimiento de la normativa y los reglamentos institucionales y los deberes inherentes a su condición.

Artículo 19. Faltas Leves.

  • Se consideran faltas leves todo tipo de conducta que atente contra los buenos modales, interfieran con el correcto desenvolvimiento de las sesiones de capacitación y formación, o alteren de manera leve o moderada el orden, aseo, ornato y/o interfieran negativamente de cualquier manera las labores de las personas funcionarias de Academia Santa Mercedes.

  • Cada falta leve en la que la persona participante incurriera, será comunicada de manera escrita y/o verbal por parte de una persona representante de la dirección, gerencia o coordinación.

Artículo 20. Faltas Graves.

  • Se consideran faltas graves todo tipo de conducta que atente contra la integridad física, emocional o moral de la persona participante o cualquier otra persona a través de medios físicos, verbales, escritos o digitales. De la misma manera, se consideran faltas graves las acciones que atenten, despojen o dañen los equipos, herramientas, mobiliario, artículos o cualquiera similar propiedad de Academia Santa Mercedes, del recinto, de cualquier persona funcionaria de Academia Santa Mercedes o de otras personas participantes. También, la acumulación de tres faltas leves se considerará una falta grave.

  • Cada falta grave en la que la persona participante incurriera, será comunicada de manera escrita y/o verbal por parte de una persona representante de la dirección, gerencia o coordinación.

  • La acumulación de dos faltas graves se considera como una falta gravísima.

Artículo 21. Faltas Gravísimas.

  • Se consideran faltas gravísimas todo tipo de conducta que atente, amenace, lastime o ponga en riesgo inminente la vida o integridad física de la persona participante o cualquier otra persona a través de medios físicos, verbales, escritos o digitales, así como cualquier acto discriminatorio o ilegal. De la misma manera, se considera como falta gravísima cualquier tipo de fraude, engaño o falsificación en cualquier documento solicitado o requerido por Academia Santa Mercedes así como en las pruebas de evaluación. También, se consideran faltas gravísimas cualquier tipo de acción publique o comparta documentos, enlaces o contenido propiedad de otras personas participantes o de Academia Santa Mercedes.

Artículo 22. Sanciones por Faltas.

  • Al incurrir en una o más faltas leves, la persona participante será informada por medio oral o escrito mediante un memorándum que se archivará en el expediente permanente.

  • Al incurrir en una o más faltas leves, se le podría solicitar a la persona participante que se parte de un programa o realice algún tipo de acción remedial formativa según sea juicio de la gerencia, dirección o coordinación. Dicha participación no elimina el memorándum comunicativo de la falta o su inclusión en el expediente acumulativo. En caso de que la persona se niegue o evite llevar a cabo la acción formativa correctiva en el tiempo establecido, se tomará como otra falta leve.

  • Al incurrir en una o más faltas graves, la persona participante será informada de manera verbal o escrita mediante un memorándum que se archivará en el expediente permanente.

  • Al incurrir en una o más faltas leves, se le podría solicitar a la persona participante que se parte de un programa o realice algún tipo de acción remedial formativa, reparadora o devolutiva según sea su falta y a juicio de la gerencia, dirección o coordinación. Dicha participación no elimina el memorándum comunicativo de la falta o su inclusión en el expediente acumulativo. En caso de que la persona se niegue o evite llevar a cabo la acción formativa correctiva en el tiempo establecido, se tomará como otra falta grave.

  • Al incurrir en una falta gravísima, la persona participante será informada de manera verbal o escrita mediante un memorándum que se archivará en el expediente permanente.

  • Al incurrir en una falta gravísima, la persona participante será excluida del programa, curso, módulo o tutoría tan pronto como esta sea notificada según el memorándum.

  • El ser excluido por faltas, no exime a la persona participante de cumplir sus responsabilidades financieras con la institución.

 

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Capítulo VII

Personal Docente

 

Artículo 23. Responsabilidades del Personal Docente.

  • Llevar al día el registro de asistencia de los cursos, módulos, programas o tutorías que imparta con Academia Santa Mercedes haciendo uso de las herramientas solicitadas o requeridas para dicho fin.

  • Respetar las diferencias individuales, de género, nacionalidad, raza, clase social o económica, región, sexualidad o cualquier otro tipo de diversidad.

  • Ejercer sus labores con un trato respetuoso hacia las personas participantes.

  • Leer y discutir el presente reglamento en conjunto con las personas participantes al inicio de cada programa, módulo, curso o tutoría.

  • Reportar ante la dirección, gerencia o coordinación cualquier acción que atente contra el presente reglamento.

  • Respetar los horarios definidos para los cursos, programas, módulos o tutorías.

  • Velar por el cumplimiento del presente reglamento.

  • Acatar las recomendaciones e instrucciones que indique la dirección, gerencia o coordinación.

  • Presentar cualquier documento que le sea solicitado por la dirección, gerencia o coordinación.

  • Velar por el cuido de los materiales, infraestructura, herramientas, material didáctico, el ornato y limpieza de la institución o recinto y velar por el orden en general.

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Capítulo VIII

Vigencia

Artículo 24. Vigencia.

  • La presente normativa interna institucional rige a partir del 18 de enero del 2023.

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